AYUDAS TIC

Viernes, 13 de Enero de 2012 11:41

Con fecha de 21 de septiembre de 2011 se aprobó la Orden que regulas bases para la concesión de subvenciones para la adquisición de dispositivos y servicios TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación.

 

Con ella se pretende facilitar y promover el acceso a la Sociedad de Información y el Conocimiento en igualdad de condiciones entre las personas con discapacidad y las personas mayores que tengan cumplidos 80 años de edad.

 

         ¿QUÉ SE SUBVENCIONA?

 

Dispositivos relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC), incluyendo equipos, software y sus posibles servicios asociados (soporte a la instalación, envío, formación, etc.), accesorios, adaptaciones y en general productos de apoyo específicos del ámbito TIC, siempre y cuando dichos dispositivos estén contemplados en el Catálogo de Productos de Apoyo TIC en vigor en el momento de presentación de la solicitud y sean adquiridos en las empresas proveedoras detalladas en el citado Catálogo.

La cuantía máxima que se subvención es de 1500 euros.

 

La cuantía mínima es de 100 euros.

 

 

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTAS SUBVENCIONES?

 

         Las personas que presenten discapacidad física, psíquica o sensorial, acreditada por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía u otro órgano autonómico equivalente, donde se constate un grado de discapacidad igual o superior al 33% y se describan las limitaciones funcionales para el desarrollo de la vida diaria que comporta la mencionada discapacidad.

Con carácter específico para las personas mayores: Tener cumplidos los 80 años de edad.

 

 

El plazo de presentación de solicitudes se finalizará el 20 de abril de 2012.

 

 

Si tenéis alguna duda, pasaros por nuestra sede. Os ampliaremos esta información y os ayudaremos a tramitar vuestras solicitudes.


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AYUDAS PARA ALQUILER

Viernes, 09 de Diciembre de 2011 11:11

ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR AYUDAS PARA ALQUILER HASTA EL 18 DE ENERO DE 2012.

 

 En qué consiste

Su objeto consiste en  favorecer el acceso a la vivienda en alquiler a familias con ingresos limitados.

 Beneficiarios 

Pueden ser beneficiarios las andaluzas y los andaluces que se encuentren incluidos en laguno de los colectivos relacionados a continuación, siempre que cumplan las condiciones y requisitos del apartado siguiente:

  • Jóvenes con edades comprendidas entre los 30 y los 35 años.
  • Mayores de 65 años.
  • Personas con discapacidad.
  • Víctimas del terrorismo.
  • Víctimas de la violencia de género.
  • Familias monoparentales con hijos a su cargo.
  • Personas procedentes de rupturas de unidades familiares al corriente del pago de pensiones alimenticias y compensatorias.
  • Familias numerosas.
  • Unidades familiares con personas en situación de dependencia.
  • Emigrantes retornados.
  • Personas afectadas por situaciones catastróficas. 
  • Familias en situación o riesgo de exclusión social. 

 Condiciones y requisitos

  • Tener residencia legal en el territorio nacional.
  • Ser inquilino de una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de un contrato de arrendamiento suscrito al efecto y en el que una Agencia de Fomento del Alquiler homologada haya sido la intermediaria.
  • Ocupar la vivienda como residencia habitual y permanente durante todo el periodo subvencionable.
  • Tener todas las personas ocupantes de la vivienda, con independencia de que exista relación de parentesco, ingresos inferiores, en su computo anual a 2,5 veces el IPREM.
  • No ser titular de una vivienda protegida calificada para arrendamiento.
  • No disfrutar de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. 

 Solicitudes y documentación

Las solicitudes de ayudas se presentarán en la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, bien por la correspondiente Agencia de Fomento del Alquiler que haya intermediado en el contrato de arrendamiento, bien por la persona inquilina, preferentemente a través de su sistema telemático integrado o en la propia Empresa Pública, conforme al modelo de solicitud recogido en el modelo 1 del Anexo IV, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de celebración del contrato de arrendamiento y acompañadas de la siguiente documentación:

  • Copia del contrato de arrendamiento intermediado.
  • Declaración responsable sobre ingresos anuales de todos los ocupantes de la vivienda arrendada y composición familiar de los mismos, conforme al modelo 1 del Anexo II.
  • Declaración responsable de la persona solicitante de que no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8.2 y 3, conforme al modelo 2 del Anexo II.
  • Acreditación de tener ingresos suficientes para llevar una vida independiente de la unidad familiar de procedencia, mediante la vida laboral de al menos seis meses inmediatamente anteriores al momento de solicitud o aportación del contrato de trabajo u otra documentación suficiente que acredite los ingresos de, al menos, los seis meses inmediatamente anteriores o posteriores al momento de la solicitud.
  • Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta de la persona solicitante en la que se realizará el abono de la subvención.
  • Copia del resguardo del depósito de la fianza, realizado en plazo y forma.
  • Informe favorable de la Agencia de Fomento del Alquiler.
  • En el supuesto que la vivienda no disponga de referencia catastral se aportará el Modelo 902 o equivalente de declaración censal.

 Subvención a inquilinos de viviendas

La subvención consiste en una ayuda, cuya cuantía máxima es el 40 por ciento de la renta anual satisfecha, sin exceder en ningún caso de 3.200 € anuales, y que servirá para facilitar el pago de la renta a las personas que formalicen un contrato de arrendamiento de una vivienda intermediado por una de las Agencias de Fomento del Alquiler, con una renta anual del alquiler no superior al 9% del precio máximo de referencia establecido para las viviendas protegidas en alquiler con opción de compra de Régimen General, y con un límite máximo de 8.400 € anuales.

El resto de condiciones, requisitos, procedimiento, y documentación a presentar se encuentran reguladas en los artículos 54 a 56 de la Orden de 26 de enero de 2010, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012


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CENA DE NAVIDAD 2011

Jueves, 24 de Noviembre de 2011 18:27

 


CENA NAVIDAD – 17-12-2011 – 21:00 H.

HOTEL RL CIUDAD DE UBEDA

 

MENU – 25€


APERITIVOS

JAMON IBERICO DE GUIJUELO CON VARITAS DE PAN

QUESO MANCHEGO EN PIRAMIDE AL ROMERO

PATE DE PERDIZ CON LAGRIMAS DE PICUAL Y TOSTAS

LANGOSTINOS AL LAUREL

PINCHO DE BACALAO CON BERZA Y CRUJIENTE DE AJETES

CROQUETAS CASERAS DE IBERICO Y DULCE

REVUELTO DE PATATAS A LO POBRE Y GULAS

BUÑUELOS DE ROSADA CON EMULSION DE ALI-OLI

CALABACIN EN TEMPURA Y EMPANADO DE CERVEZA

CUCHARADITA DE HABITAS Y MOLLEJAS

 

PLATO

MILHOJAS DE LENGUADO RELLENOS DE CHIPIRONES CON CENIZA DE NUECES

O

SOLOMILLO DE CERDO IBERICO AL PORFAIT DE OCA CON PATATAS PANADERA

 

POSTRE

TARTA DE YEMA TOSTADA, BISCUIT GLACE AL PRALINE SALSEADO CON CHOCOLATE CALIENTE

CAFÉ Y CAVA


BEBIDAS

VINO TINTO RIOJA VIÑA CASCAJO O RIBERA DULZAINA, VINO BLANCO RENE BARBIER O BARBADILLO MAESTRANTE, CERVEZA, AGUA MINERAL Y REFRESCOS.


FECHA LÍMITE PARA APUNTAROS HASTA EL DÍA 12 DE DICIEMBRE


NO FALTÉIS...




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LOTERIA DE NAVIDAD

Martes, 23 de Agosto de 2011 17:49

 

LOTERIA DE NAVIDAD

 

71891

 

ESTE ES EL NÚMERO CORRESPONDIENTE AL SORTEO EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD.

YA PODÉIS PASAR A RECOGERLO EN NUESTRA SEDE.

 

 


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VIAJE A LA PLAYA

Martes, 23 de Agosto de 2011 17:02

 

  

Estamos preparando una escapadita a la playa para el próximo sábado día 3 de septiembre. Hemos elegido la playa de Aguadulce, en Almería, porque es una de las que cuenta con más elementos de accesibilidad para que podáis disfrutar al máximo de ella.

Saldremos a las 7:00 A.M desde la estación de autobuses de Úbeda y regresaremos alrededor de las 20:00 horas, una vez que nos hayamos tostado y remojado bien el body!!

El precio es de 15 € e incluye solo los gastos del desplazamiento. Para la comida os podéis llevar bocadillos o comer en alguno de los chiringuitos de la playa. Todos ellos  son accesibles y cuentan con baños adaptados.

Esperamos que os animéis y nos acompañéis. Lo pasaremos bien!!!

 


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